El Gobierno provincial vía decreto reglamentó el funcionamiento de la Dirección General de Seguridad Vial y autorizó a que las fuerzas policiales cumplan tareas en el control de la seguridad vial y las leyes de Tránsito.
Se firmarán acuerdos con los municipios para complementar acciones.
La Ley Provincial Nº 5.866 modificó el artículo 7 del Decreto Ley Nº 33- Ley Orgánica Policial, estableciendo como funciones y atribuciones de la Policía de Seguridad, el mantenimiento del orden y la seguridad pública, en la prevención y juzgamiento de las faltas, en la prevención del delito y en el control de la seguridad vial.
Se estableció además que la Policía deberá “controlar el tránsito y aplicar las disposiciones que lo rigen debiendo efectuar operativos de contralor del estado de los vehículos, sus conductores y accesorios en el marco de las normas de tránsito.
Tras varios años de aprobada la modificación de la Ley Policial, la misma no estaba reglamentada. Pero atento al acelerado crecimiento de la problemática que representa la “inseguridad vial” en la provincia, el Gobierno consideró apropiado el acompañamiento de la fuerza policial en la tarea de prevención de accidentes de tránsito.
La Policía ejercerá la nueva función en áreas de jurisdicción provincial y podrá hacerlo en jurisdicción municipal a través de la firma de acuerdos con los municipios que lo soliciten. El acuerdo con municipios tiene por objetivo también complementar las acciones que desarrollan las comunas con sus cuerpos de Tránsito.
El rol de “agentes de tránsito” de los policías se cumplirá siempre dando prioridad a la tarea habitual y elemental de cuidar la seguridad general de las personas como ser los delitos a la propiedad y contra las personas.
En el marco del decreto se reglamentó además el escalafón de “Seguridad Vial” al que podrán acceder al mismo tanto Oficiales como Suboficiales en todos sus jerarquías.
Según explicaron desde el Gobierno, tal como lo indica la ley reglamentada, con la nueva función la Policía tendrá potestad de controlar y regular el tránsito vehicular que utiliza las vías públicas y terrestres de todo el territorio provincial, para garantizar una prevención efectiva de accidentes.
Reiteraron que el nuevo rol asignado se concretará sin perjuicio de ejercer las funciones judiciales y administrativas que habitualmente desempeña la Policía.
Detallaron que desde ahora un policía tendrá plenas atribuciones de hacer cumplir las disposiciones de la Ley de Tránsito y demás normativas relacionadas a la seguridad vial como actualmente lo ejercen los inspectores de tránsito.
Para la implementación de la nueva tarea de los policías y acompañando las políticas provinciales en prevención de accidentes de tránsito, se establecerán e implementarán controles permanentes, fijos y móviles, y procurará un mejor nivel de interrelación entre los municipios y la Dirección de Seguridad Vial de la Policía.
La Dirección de Seguridad Vial de la Policía establecerá y administrará los registros estadísticos y coordinará funciones de cooperación con otras unidades e instituciones para ejecutar programas y servicios especiales en materia de educación y seguridad vial.
Los policías podrán labrar actas de infracción de las normas viales de su competencia y también las acordadas con los municipios y hasta el secuestro de los vehículos.






